septiembre 17, 2026

Bonificaciones del 75% y 71,27% para pesados en el tramo Zambrana–Tudela de la AP-68

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El Real Decreto 730/2026, publicado en el BOE, modifica la concesión de la AP-68 para aplicar rebajas de peaje a vehículos Pesados 2.

Bonificaciones del 75% y 71,27% para pesados en el tramo Zambrana–Tudela de la AP-68

Qué cambia y a quién afecta

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 730/2026, de 9 de septiembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 11 de septiembre de 2026, que modifica la concesión de la autopista AP-68, Bilbao–Zaragoza, para aplicar medidas de bonificación del peaje a determinados vehículos pesados en el tramo Zambrana–Tudela.

La concesionaria es Autopista Vasco-Aragonesa, Concesionaria Española, S.A. (Avasa). Las reducciones afectan a los vehículos de la categoría tarifaria «Pesados 2», es decir, los destinados al transporte de mercancías con un total de cuatro o más ejes, cuando circulen por el tramo definido entre las salidas indicadas en el real decreto.

Cuantías y condiciones principales

El texto establece dos porcentajes de bonificación aplicables por Avasa en el tramo Zambrana–Tudela:

  • 75% de reducción del importe del peaje para los vehículos que realicen recorridos internos dentro del tramo comprendido entre la salida 8 (Zambrana) y la salida 18 (Tudela), ambas inclusive, en el sentido Bilbao–Zaragoza. En el sentido Zaragoza–Bilbao, la bonificación equivalente se aplica entre la salida 17 (Pamplona) y la salida 8 (Zambrana). Además, en ese sentido será gratuito el tramo de la autopista AP-15 entre el enlace de la A-68 y la AP-68.
  • 71,27% de reducción para el resto de los vehículos «Pesados 2» que circulen por el tramo Zambrana–Tudela en sentido Bilbao–Zaragoza y por el tramo Zambrana–Pamplona en sentido Zaragoza–Bilbao.

Para poder beneficiarse de estas reducciones es requisito necesario el uso del peaje dinámico o telepeaje (sistema VIA-T) y la utilización de las vías de peaje habilitadas al efecto en las estaciones de peaje afectadas.

En los itinerarios que combinen tramos con exención de peaje y tramos bonificados se mantendrá la exención en la parte del recorrido en la que ya exista. El real decreto aclara que los movimientos internos del tramo Zambrana–Tudela se consideran válidos para el disfrute conjunto de exención y bonificación cuando proceda.

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De forma excepcional, cuando los movimientos internos se realicen conjuntamente con tránsitos fuera del tramo bonificado, los vehículos de la categoría «Pesados 2» que realicen dos o más tránsitos internos consecutivos recibirán desde el primer tránsito interno el descuento del 75%, aunque vayan acompañados de algún tránsito no interno, que tendrá una reducción del 71,27%.

Prohibiciones, control y compatibilidad con acuerdos previos

El real decreto mantiene la prohibición de circulación en las carreteras convencionales N-232 y N-124 de determinados vehículos pesados destinados al transporte de mercancías (cuatro o más ejes) en los tramos y puntos kilométricos especificados en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con la finalidad de favorecer el uso de la AP-68 y mejorar la seguridad vial.

El texto expresa la compatibilidad de estas medidas con exenciones y bonificaciones previas recogidas en otros reales decretos que afectan a movimientos con origen y destino en enlaces dentro de La Rioja. Cuando un recorrido incluya simultáneamente tramos exentos y bonificados, permanecerá la exención en la parte del itinerario en la que esté ya establecida.

El real decreto contiene, además, un artículo dedicado a condiciones adicionales para el disfrute de las reducciones, que faculta a la concesionaria a adoptar controles y medidas para garantizar la correcta utilización de las bonificaciones.

Antecedentes y alcance temporal

La modificación se inscribe en un proceso iniciado con un convenio aprobado en 2017 y corregido tras una resolución judicial y sucesivas normas posteriores. El Real Decreto 1023/2017 aprobó inicialmente las bonificaciones, el Tribunal Supremo declaró nulo aquel decreto y el Real Decreto 757/2019 subsanó las cuestiones apuntadas. El Real Decreto 942/2021 prorrogó las medidas hasta el 30 de septiembre de 2025 y, ante la tramitación de un nuevo convenio que no llegó a aprobarse, se prolongó transitoriamente el régimen de bonificaciones desde el 1 de octubre de 2025 hasta la materialización de la modificación concesional.

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El actual Real Decreto 730/2026 se ha tramitado con audiencia a la sociedad concesionaria, cuenta con informe del Ministerio de Hacienda y fue aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión del 8 de septiembre de 2026. El real decreto incorpora el argumento de interés público basado en la mejora de la seguridad vial y la reducción de la siniestralidad en el corredor entre Haro y Alfaro y en los informes técnicos citados de la Dirección General de Carreteras y de la Dirección General de Tráfico.

El texto señala además la continuidad de las medidas de bonificación más allá de la fecha inicialmente prorrogada y hasta la fecha de finalización de la concesión, fijada en el real decreto como el 10 de noviembre de 2026.

Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-19039).

Foto de Araf Khan en Pexels

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